Como una alternativa para potenciar el crecimiento económico de la nación, el texto legal, plantea facilidades financieras y tributarias para atraer capital foráneo, con respeto a los principios socialistas y a las proyecciones de la actualización de modelo económico cubano.
Sobre esa base las autoridades de la isla utilizarán la nueva legislación como un mecanismo que contribuya a la renovación y el futuro económico de Cuba, con lo cual deberá crecer también la confianza internacional al ofrecer un marco legal adecuado y transparente.
Para ello, este marco legal facilitará garantías y seguridad jurídica al inversionista para propiciar la entrada de capital foráneo y su aprovechamiento óptimo.
La Ley 118 respalda la decisión de concebir la inversión extranjera como una fuente de desarrollo, en aquellas actividades que sean de interés para el país, y en determinados sectores y actividades económicas se considera elemento activo y fundamental, en correspondencia con las proyecciones de desarrollo económico y social a corto, mediano y largo plazos.
Su aplicación se orienta a la diversificación de las exportaciones, el acceso a tecnologías de avanzada, la sustitución de importaciones, con prioridad en la de alimentos, generar empleos, desarrollar encadenamientos productivos y cambiar la matriz energética del país.
Tal como se explica en el texto, la inversión extranjera podrá ser autorizada en todos los sectores, con excepción de los servicios de salud y educación y de las instituciones armadas, salvo en sus sistemas empresariales.
Esas oportunidades serán aprobadas por el Consejo de Ministros, a partir de una cartera de proyectos de interés nacional y con carácter sectorial, y define una de las decisiones de mayor connotación estratégica en el proceso de actualización del modelo cubano.
(Con información de Prensa Latina)